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Archivo de Noticias, Notas de Prensa y otras publicaciones de interés del Consejo General de Colegios Profesionales de Delineantes de España.

Acceso a la Inscripción para la Formación en Metodología BIM subvencionada por el MITMS

En los pasados años, gracias a la implicación de la Comisión Ejecutiva de este Consejo General, en coordinación y colaboración necesaria con los Colegios territoriales, tuvimos la oportunidad de celebrar tres cursos diferentes en materia BIM acogiéndonos a las subvenciones que convoca el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA).

El primer año, de hecho, fue la primera ocasión en la historia reciente de esta Corporación en la que pudimos acceder a esta línea de subvenciones, lo que ha permitido a nuestros miembros colegiados actualizarse en una metodología y tecnologías que ya no es futuro: es el presente para nuestra vida laboral y en nuestra actividad profesonal diaria. Respecto de la tramitación hecha en el segundo año, y a tenor de lo publicado en la Resolución formal de la Convocatoria y de los comentarios en su momento recibidos, cabe destacar, lo que decimos no sin orgullo, que nuestra propuesta en lo global resultó valorada muy positivamente.

Este año, y con ilusión renovada por el resultado de la última convocatoria de formación, volvemos a trabajar en la posibildad de presentarnos a la de este año y obtener fondos que la subvencionen de nuevo, y poder ofrecer a nuestros miembros colegiados esa formación específica y de calidad tan demandada y en condiciones ventajosas.

Hace ya meses...

Es por ello que, hace ya meses, desde que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado del 28/07/2023 fue publicado el Extracto de la Resolución de 26 de julio de 2023, de la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda urbana, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la formación en metodología BIM (BUILDING INFORMATION MODELING) aplicada a la contratación pública para 2023, estamos trabajando; y ahora se acerca el momento de concretar todos estos esfuerzos.

En primer lugar, y a través de un Boletín Informativo, dimos traslado a todos los Colegios territoriales de la noticia, invitándoles a estudiar las condiciones y gestionar, con sus propios proveedores y en consecuencia de su interés por el asunto, proyectos formativos que cumplieran las expectativas y condiciones de la convocatoria, de modo que las pudieran hacer llegar a esta Comisión Ejecutiva con tiempo suficiente para ejecutar los trámites necesarios.

Esta comunicación, en realidad, no es otra cosa que recordar lo que la Comisión Ejecutiva ya comentó de viva voz en la reunión ordinaria del Pleno del Consejo celebrado a finales de junio, momento en el que expresó a todos los asistentes la intención de presentarnos a la probable convocatoria de subvenciones, ahora real, invitándoles a anticipar y preparar propuestas para evaluar.

Pasado el tiempo, a día de hoy, esta Comsión Ejecutiva ya ha seleccionado aquella propuesta que mejor encajan en los requisitos de la Convocatoria y ha elevado la solicitud de subvención al MITMA, teniendo la opción de acceder a la mejor y mayor financiación para esta formación, habiéndolo logrado como en años anteriores.

Abierto plazo de Inscripción

Es por eso que, ya está cerrado el proyecto formativo que presentamos y, por tanto,, ya ha sido concedida la subvención. Y, será a través de los Colegios territoriales que se coordinarán los procesos de información detallada y de inscripción en la acción formativa.

Abrimos el proceso de inscripción para una formación que podemos definir que se desarrolará en los siguientes términos:

 Título: FORMACIÓN EN METODOLOGÍA BIM APLICADA A LA CONTRATACIÓN PÚBLICA 
Objetivos:

- Abordar la metodología BIM tanto desde un enfoque documental como práctico.
- Estudio de la metodología BIM durante el ciclo de vida de un proyecto.

Temario:

Bloque 1 - Introducción a la Metodología BIM y Marco actual de referencia

  • Tema 1. Introducción al BIM
  • Tema 2. Introducción al GIS
  • Tema 3. Introducción a los Formatos
  • Tema 4. Normativa y Estándares
  • Tema 5. Plan de Ejecución BIM
  • Tema 6. Roles BIM
  • Tema 7. Plan BIM España.
  • Tema 8. Seguridad de la Información.

Bloque 2 - Procedimientos de Gestión de Información y práctica aplicable

  • Tema 1. Generación de información en modelos BIM
  • Tema 2. Coordinación
  • Tema 3. Revisión Digital
  • Tema 4. Colaboración
  • Tema 5. Mediciones y Presupuestos
  • Tema 6. Procesos Colaborativos
  • Tema 7. Planos

Bloque 3 – GIS y BIM

  • Tema 1. Conceptos Básicos de GIS
  • Tema 2. Trabajo de Datos Vectoriales
  • Tema 3. Trabajo de Datos Ráster
  • Tema 4. Composición de Mapas
  • Tema 5. Funciones avanzadas
  • Tema 6. Extraer y analizar información BIM – GIS
  • Tema 7. Utilización de la Inteligencia Artificial en contextos BIM y GIS.
Duración: 3 meses, con una carga lectiva de 90 horas. Los diferentes temas se irán publicando y abriendo al alumnado durante el avance del curso.
Destinatarios:

Delineantes colegiados y colegiadas en cualquier Colegio Profesional de Delineantes de España. Todo ello conforme al siguiente baremo y preferencias

(i) haber realizado la preinscripción: 10 puntos;
(ii) estar en situación de desempleo: 10 puntos; y,
(iii) formalizar la inscripción: 80 puntos.

Requisitos:

- Ser miembro colegiado de cualquier Colegio Profesional de Delineantes de España
- Estar al corriente de los pagos de las cuotas colegiales.

Fecha: El curso se abrirá el 20 de enero de 2024.
Coste:

El coste total por persona es de 293,33 €, de los cuales: el (80%) 234,67 € es la parte subvencionada por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible; y, el (20%) 58,67 € es sólo la parte que abonará el alumnado*, como en anteriores convocatorias.

* Este importe podrá variar dependiendo del número de alumnos inscritos.

 

Acceso al Formulario de Inscripción

Si has llegado hasta aquí y crees que te puede interesar la formación que ofertaremos, te encaja en tu calendario personal y cumples los requisitos de acceso, te pedimos que rellenes el siguiente formulario y, de esta forma, podremos asegurar tu plaza para el proceso de inscripción definitiva, del que esperamos poder darte información detallada pero ya a través de los medios de comunicación de tu Colegio Territorial.

Plazo de Inscripción: Desde el día 10 de enero de 2024 a las 00:00 h, hasta el día 18 de enero de 2024 a las 23:59 h.
 

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Preinscripción - Convocatoria de Formación en Metodología BIM subvencionada por el MITMA

En los pasados años, gracias a la implicación de la Comisión Ejecutiva de este Consejo General, y en colaboración necesaria con los Colegios Territoriales, tuvimos la oportunidad de celebrar tres cursos diferentes en materia BIM acogiéndonos a las subvenciones que convoca el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA).

Convocatoria Extraordinaria de Elecciones al cargo de Interventor para el 28/10/2023

  • El objetivo es cubrir la vacante de Interventor generada por la dimisión del cargo electo
  • Las candidaturas se presentarán en los Colegios Territoriales entre los días 1 y 12 de septiembre de este año 2023.
  • El único requisito para presentarse es ser colegiado con más de dos años de antigüedad
  • Las Elecciones serán en una Reunión Extraordinaria del Pleno que se tiene previsto celebrar el próximo 28 de octubre de 2023.

 

Como ya os hemos comunicado anteriormente, hace unos meses se dio la vacante, por dimisión por motivos de carácter personal del compañero Alejandro Iglesias Sedano en el cargo de Interventor. En primer lugar, y antes de decir nada más, queremos desde aquí también agradecer la ingente labor que ha realizado para poner en funcionamiento esta Comisión Ejecutiva, así como el desarrollo de nuestra página web.

Desde entonces, es nuestro Vocal Tercero, José Ancosmede Amoedo, quien ha asumido estas funciones de forma temporal, lo que es posible en virtud de lo estipulado en el artículo 32 de nuestro Reglamento de Régimen Interior (RRI), que dice que:

Artº.32.- En el supuesto de precisarse sustituciones temporales en el seno de la Comisión Ejecutiva, se realizarán con arreglo a lo siguiente:
a) El Vocal 1 º, sustituirá al Secretario.
b) El Vocal 2º, sustituirá al Tesorero,
c) El Vocal 3º, sustituirá al Interventor.

Esta situación de provisionalidad tiene unas condiciones en el tiempo limitadas, pues el mismo RRI lo limita en su artículo 33, en el que se indica que: 

Artº 33. En el supuesto de que alguno de los cargos quedara vacante por dimisión, fallecimiento o enfermedad prolongada durante seis meses, se suplirá provisionalmente con el vocal que corresponda, dando traslado al Consejo General, y en el primer Pleno del Consejo general que se reúna, se procederá a la elección definitiva, con arreglo a lo establecido en el Capítulo IX.

Es por ello que, la Comisión Ejecutiva trasladó esta circunstancia al primer Pleno del Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes que tuvo ocasión, el celebrado en sesiones del 23 y 30 de junio pasados, con la propuesta para la celebración de ELECCIONES EXTRAORDINARIAS al cargo de INTERVENTOR para el sábado, 28 de octubre de 2023, ya pasado el verano, propuesta que fue aprobada por UNANIMIDAD de los presentes.

Tanto la fecha como el calendario propuesto nos permite, por un lado, cumplir con comodidad y amplio margen con los requisitos para el calendario electoral que aquí os compartiremos y, por otro poder madurar la idea de aquellos compañeros interesados, así como animar a presentarse a compañeros (y, especialmenten, ¡a compañeras!…), para que asuman el cargo hasta el 23/04/2026, fecha final prevista del mandato.

¿Quién puede ser candidato?

Para presentarse como candidato vamos a empezar diciendo que NO ES PRECISO formar parte de la Junta de Gobierno de un Colegio.

Dicho esto, las condiciones para ser candidato están expresadas en nuestros Estatutos, en su artículo 40.4, que dice concretamente que "podrán ser candidatos todos los Colegiados españoles que se encuentren en el ejercicio de la profesión y que, ostentando la condición de electores, no estén incursos en prohibición o incapacidad legal o estatutaria y reúnan las condiciones exigidas por las normas electorales respectivas (...)". Por su parte, en el citado RRI se indica, en su artículo 34.4, quién es el cuerpo de electores y quiénes puede ser como elegibles, que serán "cualquier colegiado con antigüedad superior a dos años y que se halle ejerciendo la profesión".

En resumen, cualquier delineante colegiado y en activo con antigüedad de dos años puede presentarse al cargo, siempre y cuando no haya sido inhabilitado.

¿Cuáles son las funciones del Interventor?

El artículo 31 del Reglamento de Régimen Interior asigna al interventor las siguientes atribuciones: 

Artº 31. DEL INTERVENTOR.
Corresponden al Interventor las atribuciones siguientes:

a. Fiscalizar la ejecución del Presupuesto anual del Consejo General.
b. Tomará razón de los cobros y pagos ordenados por el Presidente y firmará con éste y el Tesorero o en su defecto el Secretario, los documentos necesarios para el movimiento de fondos.
c. Formalizar el Balance y la rendición de cuentas de cada ejercicio, sometiéndolo a la aprobación del Consejo General, previamente visado por el Presidente.
d. Mensualmente informará a la Comisión Ejecutiva de la marcha del Presupuesto y sus posibles desviaciones, tanto en ingresos cómo en gastos.

Por lo tanto, las funciones que tiene que desarrollar un interventor son las del control económico de la actividad corporativa, fiscalizando la ejecución del presupuesto e informando, tanto al resto de miembros de la Comisión Ejecutiva como al Pleno, de su desarrollo detallado a lo largo del ejercicio.

¿Qué tengo que hacer para presentarme? (Así es el proceso)

El primer paso es presentar en el Registro de tu Colegio Territorial tu candidatura entre los días 1 y 12 de septiembre de 2023. A partir de este punto, serán las Juntas de Gobierno de los Colegios en los que se hayan presentado y la propia Comisión Ejecutiva del Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes quienes realizarán los diversos pasos del proceso electoral para la proclamación, primero provisional y después definitiva, de los candidatos.

En el caso de que haya varios candidatos y una vez hayas sido proclamado como candidato, podrás hacer Campaña Electoral entre los días 5 y 26 de octubre de 2023 si lo deseas, teniendo en cuenta que el cuerpo electoral definido en el citado artículos 34.4 del RRI son los Decanos de los Colegios y la propia Comisión Ejecutiva. De haber solamente un candidato, huelga la campaña stricto sensu si bien no es impedimento para que puedas hacer llegar tus propuestas igualmente.

El 28 de octubre de 2023 es el día en el que está previsto que se celebre el Pleno Extraordinario para la Elección, al que podrás asistir si lo deseas y, si así lo consideras, podrás tomar la palabra para dirigirte a los presentes y exponer tu programa en los momentos previos a la votación.

Calendario Electoral

 El calendario previsto en concreto para este proceso electoral es el siguiente:Elecciones Extraordinarias 2023 Interventor

Y para terminar, ¡anímante compañero! O mejor, ¡COMPAÑERA!

Sí, como de otra forma no podría ser, queremos terminar con una invitación a la participación, a presentar tu candidatura. Recuerda que con ser colegiada o colegiado con más de dos años de antigüedad ya puedes presentarte. Pero otro de los asuntos que tratamos en el último Pleno del CGCPD fue la situación que genera en nuestros órganos de gobierno el Anteproyecto de Ley Orgánica de de representación paritaria de mujeres y hombre en los órganos de decisión, que abunda en la actual necesidad de dar cabida en ellos a personas de ambos géneros, y que de aprobarse finalmente obligaría a que, al menos, el 40% de los cargos de la Comisión Ejecutiva (es decir, dos de cinco de los electos) esté ocupado por una mujer, cuando hoy por hoy son todos hombre (incluidos los vocales).

Por tanto, desde aquí, queremos animar de forma especial a vosotras, colegiadas, que nos leéis, a que déis un paso y os promováis como candidatas en este proceso electoral para, poco a poco y cada vez más, estar incorporadas en los órganos de decisión de nuestra profesión, lo que hacemos ya no solo por un mandato legal, sino convencidos de que, sin vuestra mirada, con vuestra aportación y con vuestro criterio, esta Comisión Ejecutiva tan masculinizada está coja: os echamos en falta, os queremos con nosotros porque sabemos que vuestra valía es más que necesaria. ¿Os animáis a romper este techo de cristal?

 

#ReuniónPleno Sesión suspendida hasta el 30/06/2023

Vista la duración de la sesión y la hora a la que nos encontrábamos, el Presidente del Pleno del Consejo General de Colegios Profesionales de Delineantes ha decidido suspender la sesión quedando convocados todos los asistentes para el próximo viernes, a la misma hora y lugar, o bien telemáticamente.

La Reunión se reanudará en el lugar en el que se suspensio, correspondiente al Punto Quinto del Orden del Día, Memoria de Gestión del Ejericio 2022.

La actual Comisión Ejecutiva trabaja bajo el concepto de #ConsejoAbierto y, en un ejercio de transparencia, y con la intención de acercarte a la que, probablemente, sea nuestra actividad principal, queremos invitarte a asistir como oyente a la reunión, lo que ahora es posible porque, además de la convocatoria con asistencia presencial, hemos habilitado la asistencia telemática. De este modo, siguiendo la emisión, podrás conocer por ti mismo cómo es su desarrollo y, además, puedas conocer a las personas que estamos en la responsabilidad de la gestión de la corporación, tanto a nivel nacional como a nivel territorial e incluso, ¿por qué no?, implicarte en tu colegio territorial o con nosotros.

Si quieres asistir, rellena el siguiente formulario eligiendo la reunión a la que quieres asistir. Nos pondremos en contacto contigo para trasladarte la información y forma de asistencia.

¡Muchas gracias por tu interés!

 

El proyecto de Ley de Función Pública (y el #GrupoB de los delineantes), a la espera de las elecciones generales

  • La convocatoria anticipada de Elecciones Generales para el próximo #23J ha dejado en suspensión la tramitación parlamentaria del proyecto de Ley de Función Pública
  • El texto revisado establece que la Administración del Estado facilitará la promoción interna vertical mediante concurso-oposición para ascender al Delineante al Grupo B
  • Desde el Consejo General hemos realizado aportaciones al texto del proyecto para enriquecerlo y dotarlo de un enfoque más social y participativo
  • El Portavoz de la Comisión de Hacienda y Función Pública ha sostenido, en reunión mantenida con los representantes del Consejo General en el pasado mes de mayo, que el Delineante no puede ser clasificado en el Grupo B justificándolo por motivos meramente económicos, pues a su juicio resultaría inviable para los Presupuestos Generales del Estado. Mientras tanto, el Gobierno del Estado invertirá 1.200 millones de euros en fomentar la Formación Profesional
  • Su entrada en vigor supondrá desarrollar las disposiciones del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), incluida la Disposición Transitoria 3ª que dejaba al Delineante en el Grupo C1

 

El pasado día 22 de mayo de 2023, el Presidente del Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes, Don Germán Fernández, acompañado por el Secretario de la Comisión Ejecutiva, Don Sergio Casado, fuero recibidos en el Congreso de los Diputados de Madrid, por el Sr. Don José Luis Aceves, Portavoz de la Comisión de Hacienda y Función Pública, y Diputado por Segovia del Grupo Parlamentario Socialista, en una reunión cordial convocada con motivo de la tramitación parlamentaria, ahora en suspenso, del proyecto de Ley de función Pública. A dicha reunión asistimos con el objetivo de profundizar en las observaciones aportadas por nuestro colectivo al proyecto de Ley y sensibilizar a nuestros representantes públicos en las reclamaciones de nuestro colectivo.

El contenido de la futura Ley, en trámite de urgencia, ha sido negociado con las organizaciones sindicales dentro de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Marco para una Administración del S. XXI. En dicho acuerdo, firmado el 19 de marzo de 2022, se declara la voluntad conjunta de establecer un marco consensuado de líneas de acción y medidas legislativas a impulsar por el Gobierno de España para su negociación en el marco del TREBEP y demás normativa aplicable, con objetivo de impulsar un empleo público estable y de calidad dentro de las AA.PP.

Frente a este importante reto, se manifiesta la necesidad de poner en valor al personal al servicio de las distintas AA.PP. y de acometer las modificaciones en el ordenamiento jurídico que favorezcan e impulsen la transformación orientada a su mejora.

La profesión de Delineante

Como es sabido, nuestra profesión de delineante tiene triple carácter, pues se trata de:

  • una profesión regulada según se estipula en el R.D. 1837/2008, de 8 de noviembre, lo que quiere decir que está sometida a una ordenación jurídica específica en lo que respecta a sus condiciones de acceso y ejercicio;
  • una profesión titulada, ya que para su ejercicio se exige poseer un título de Técnico Superior de Formación Profesional en la correspondiente especialidad, a tenor de lo estipulado en el  R.D. 1147/2011, de 29 de julio; y,  finalmente
  • una profesión colegiada, ya que se impone la colegiación obligatoria en consecuencia del articulado del R.D. 3306/1978, de 15 de diciembre.

Los títulos que habilitan para ejercer la profesión regulada de Delineante son exclusivamente los derivados de Ciclos Formativos de Grado Superior de la Formación Profesional en los se establece como salida profesional Delineante, y en concreto, los de Técnico Superior en:

  • Proyectos de Edificación (R.D. 690/2010, de 20 de mayo); en Proyectos de Obra Civil (R.D. 386/2011, de 18 de marzo);
  • Diseño en Fabricación Mecánica (R.D. 1630/2009, de 30 de octubre);
  • Construcciones Metálicas (R.D. 174/2008, de 8 de febrero); y,
  • Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos (R.D. 219/2008, de 15 de febrero); así como los declarados equivalentes por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
La creación del nuevo Grupo B

El artículo 76 del EBEP, viene a establecer una nueva clasificación para los distintos Cuerpos, Escalas y Categorías, que se sustenta sobre las titulaciones académicas oficiales y sus diferentes grados, de tal forma que la superación de un grado académico oficial es el núcleo para su agrupación, correspondiendo el Grupo B para los Delineantes, al ser sus titulaciones las de Técnico Superior de F.P.

La futura Ley prevé crear el Grupo B para la Escala Técnica Medioambiental, el Cuerpo Técnico Informático, y el Cuerpo de Delineantes de Hacienda, pero no ha tenido en cuenta al resto de Técnicos Superiores de Formación Profesional de la Administración Especial ni, particularmente, a los Delineantes, tras haberse alcanzado el Acuerdo Marco para una Administración del S. XXI, que debía contribuir al desarrollo de la carrera profesional del personal público titulado en F.P., pertenecientes al Nivel 1 del MECES. 

El Tribunal Supremo en su Sentencia núm. 1332/2021, de los Delineantes de Hacienda, sienta jurisprudencia fallando contra la infracción del art. 76 del EBEP, y la Directiva 2005/36/CE, que traspone el R.D. 1837/2008, «ordena a la Administración a que sus Delineantes sean clasificados en el Grupo B, debido a que es el único grupo donde tienen encaje dentro del EBEP», indicando que ha «incumplido la ineludible correspondencia entre titulación exigida y grupo de clasificación, al tratarse de una profesión “regulada” la de Delineante», teniendo en cuenta que el Anexo VIII del R.D. 1837/2008 exige una «titulación de nivel superior a Bachiller pero de nivel inferior a Grado universitario», aludiendo a la «inactividad de la Administración demandada al no haber aplicado el Art. 76 del EBEP».

La «incertidumbre jurídica» del Delineante, Técnico Superior de F.P.

La futura Ley incorpora la promoción vertical para el Cuerpo de Delineantes, a quienes se les requerirá la misma titulación con la que accedieron a sus plazas o puestos -la de Técnico Superior de F.P.- que da acceso al Grupo B, por lo que, a nuestro juicio, la promoción en sí no tendría sentido. Distinto es para quienes accedieron al Cuerpo o a plazas de delineante con titulaciones diferente a la requerida para ejercer la profesión regulada, en cuyo caso deberían ser encuadrados en un Grupo C1 (y a extinguir), pero no así para quienes poseen la titulación habilitante, que deberán ser encuadrados de forma directa en el correspondiente Grupo B, sin más proceso ni requisito que poseer la titulación habilitante y requerida ya para el acceso, y que podría haberse regulado mediante una nueva disposición transitoria en el nuevo texto legislativo, tal como aportó este Consejo General.

La Secretaría General para la Administración Pública, publicó en 2007 las Instrucciones para la aplicación del EBEP en el ámbito de la AGE, sobre medidas referentes al Grupo B «la integración de los Cuerpos y Escalas en los nuevos grupos y subgrupos de clasificación es automática», dada la condición de ley básica del EBEP. Precisamente, todo lo que supone el concepto y la razón de legislación básica es expresión de «certidumbre jurídica», es más, ante la inactividad legislativa, cabe la acción normativa, al tratarse de una cláusula de garantía en cuanto al modelo de función pública.

Por tanto, la promoción vertical establecida en el proyecto de Ley para este Cuerpo, limita el derecho de los Delineantes para encuadrarse de forma correcta en el Grupo B, generando en este colectivo «incertidumbre jurídica» ya que les corresponde «per se» al estar establecido en el artículo 76 del EBEP. Diferente es que las AA.PP. deben corregir los errores que han cometido incorporando a plazas o puestos de Delineante a quienes no cuentan con un título habilitante de Técnico Superior para ejercer esta profesión regulada de Delineante.

El coste económico y social para encuadrar correctamente al Delineante en el Grupo B

Tomando como valor de referencia las retribuciones anuales básicas (sueldo, trienios y pagas extraordinarias) establecidas por la Secretaría de Estado de Función Pública en su informe de 28 de febrero de 2022, sobre aplicación de la STS 1332/2021, de los Delineantes de Hacienda, y fijadas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021 para los Grupos B y C1, considerando 14 pagas anuales (sin trienios), el coste por unidad de personal es 1.777,44 euros, y, las establecidas para 2023 -dos años después- es 1.885,76 euros, que apenas supone una diferencia de 54,16 euros al año por persona. Así, con datos a 1 de enero de 2022, sólo para el Cuerpo de Delineantes de Hacienda constan 173 unidades de  personal, lo que que ha supuesto un coste total de 307.497,12 €, escaso para las cifras que maneja el Estado en materia de personal.

El coste social pagado por estos profesionales es la «incertidumbre jurídica» con la que se han visto agravados, debiendo incluso batallar judicialmente hasta conseguir su correcta clasificación dentro de esa Administración, que ya ha sido condenada por inactividad mediante la STS antes citada, al no haber aplicado el artículo 76 del EBEP de forma directa, con el incumplimiento de la ineludible correspondencia entre titulación exigida y grupo de clasificación, al tratarse de una profesión regulada. 

Este Consejo General se pregunta si realmente no se puede incluir en los Presupuestos Generales del Estado la asignación que a los Delineantes les corresponde legislativamente. ¿Acaso no es posible tener el reconocimiento social para quienes han cursado una especialidad de F.P. con dos años más después del Bachiller?

El fomento de la Formación Profesional en España

Por otro lado, entre las políticas prioritarias del Gobierno en la legislatura recientemente terminada, se invertirán hasta 1.200 millones de euros para impulso y modernización de la Formación Profesional, destinados a financiar, entre otros, la creación de 88.400 nuevas plazas para el próximo curso, superando de esta forma las 200.000 hasta 2024.

Esta medida facilitará el acceso a jóvenes que quieren estudiar Formación Profesional pero no pueden por la falta de plazas, y que pasarán a formar parte del mercado laboral español en el que ya existe un déficit de mano de obra especializada. Quienes cursen los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional tras haber superado el Bachiller o la Formación Profesional Básica, podrán optar a ocupar, entre otros, puestos o plazas en las AA.PP. las de Delineante, y sufrirán la actual situación de clasificación transitoria en un Grupo inferior al que les corresponde según el propio Gobierno estableción por Ley en el EBEP, incorporados con otros profesionales de la Administración de valor incalculable pero de menor exigencia en cuanto a formación y título para el acceso, como es el caso de quienes acceden con el título de Bachiller.

Por el momento, y mientras las Cortes Generales están en estado de suspensión efectiva y, en consecuencia, la tramitación del proyecto de Ley ha sido también suspendido, esta Comisión Ejecutiva sigue trabajando y contactando con nuestros representantes políticos para continuar con la ronda de reuniones y tratar, como decíamos al prinicpio de este texto, de sensibilizarlos acerca de nuestras legítimas reclamaciones y, de este modo, lograr encuadrar a los delineantes de la Administración General del Estado en el Grupo B tras muchos años de espera y de la forma más automática posible, evitando que miles de empleados y empleadas públicas acumulados en un mismo grupo y nivel retributivo de quienes estudiaron dos años menos sigan siendo una mano de obra altamente profesionalizada y especializada pero, eso sí, barata.

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